QuimioEl pasado día 19 de Septiembre de 2013 salió publicada la Resolución 9709 del BOE, que ha levantado ampollas entre sanitarios y usuarios de la sanidad pública.

El encabezado de la Resolución de 10 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, informa de que:

se procede a modificar las condiciones de financiación de medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud mediante la asignación de aportación del usuario”.

Han sido muchas las noticias que se han salido publicadas al respecto, esta es una de ellas :

Los hospitales cobrarán un 10% de los fármacos para tratar cáncer o hepatitis, publicada el mismo día 19 de septiembre en La Vanguardia.

Tras el dramático titular, se explica con exactitud el contenido del texto del BOE:

Los medicamentos de dispensación ambulatoria en el hospital, es decir aquellos que «sin tener la calificación de uso hospitalario» solo se dispensan a pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales, quedarán sometidos a partir del 1 de octubre para su dispensación al copago farmacéutico, con un límite de aportación reducida.
Leer más: http://www.lavanguardia.com/salud/20130919/54387791147/hospitales-cobraran-10-farmacos-tratar-cancer-hepatitis.html#ixzz2fc7b2ZNK

Si leemos con atención el BOE, intenta explicar lo inexplicable, ya que se pueden leer los siguientes párrafos, además de la lista completa de medicamentos afectados por la medida:

En su gran mayoría, los medicamentos que sin tener la calificación de uso hospitalario tienen establecidas reservas singulares en el ámbito del Sistema Nacional de Salud consistentes en limitar su dispensación a los pacientes no hospitalizados en los servicios de farmacia de los hospitales, pertenecen a grupos terapéuticos considerados de aportación reducida. No obstante, algunos de ellos pertenecen a grupos terapéuticos que no la tienen asignada. En estos casos, aunque sean medicamentos que cumplían las condiciones para ser considerados de aportación reducida, no había resultado necesario su reconocimiento expreso dado que estos tratamientos estaban exentos de aportación.

Las características de gravedad y cronicidad de las patologías en que están indicados los medicamentos que están incluidos en el Anexo a esta resolución aconsejan que la aportación por parte del beneficiario sea reducida pues de otro modo se producirían situaciones de inequidad por comparación a los medicamentos de aportación reducida que se dispensan habitualmente en las oficinas de farmacia.

Texto completo BOE aquí.

… vamos, como el trabalenguas:

Cuando cuentes cuentos, cuenta cuantos cuentos cuentas, porque si no cuentas cuantos cuentos cuentas, nunca sabrás cuántos cuentos sabes contar! (fuente: Trabalenguas en Español)

A ver si lo he entendido, y realmente os lo pido, si no lo he hecho, espero vuestros comentarios que serán enriquecedores como siempre, y nos permitirán como mínimo entender algo.

El caso es que el escrito del BOE explica que, a pesar de ser medicamentos que se suministran a través de las farmacias hospitalarias, al hacerse a pacientes que no necesariamente están hospitalizados, estos medicamentos se equiparan a aquellos que entraron a formar parte del copago. Ahora la forma de hacer que el sistema sea equitativo es que todos los pacientes que reciban fármacos sin estar hospitalizados, los paguen de igual manera.

A ver si es verdad que, como entiendo en el BOE, las enfermedades que tratan esos medicamentos no son tan graves, me pregunto… ¿Porqué se dispensan sólo en hospitales esos medicamentos?

Generalmente son enfermedades de una gravedad mayor que las que tratan en los ambulatorios, de ahí que los medicamentos (que son más especiales, más complejos o fuertes como los queramos llamar) necesariamente han de ser suministrados en el Hospital. Enfermedades de tal levedad como la artritis reumatoide, la degeneración macular o la hepatitis C crónica, medicamentos para retrasar la progresión del cáncer de mama avanzado, … nada para el ministerio y para la política, simples dolencias domésticas como un resfriado… compara estos medicamentos a simples jarabes mucolíticos, que por qué no, por proponer, que los vendan en el supermercado y quiten los farmacéuticos y las farmacias,  ya puestos…

En fin encima están consiguiendo una unión sin igual entre Pacientes, Sanitarios, Comunidades Autónomas… ( alguna de ellas que a pesar de haber querido poner su propio copago, ven inverosímil ésta medida…), colegios profesionales… Podemos leerlo en las siguientes noticias:

Comunicado del Colegio de Enfermería de Barcelona COIB (Pdf Català)

Sanitarios y pacientes muestran su rechazo al nuevo copago de medicamentos, en la que podemos leer las reacciones del sindicato de Técnicos de Enfermería (SAE) o de La Federación Española de Padres con Niños de Cáncer (Fepnc).

La Junta de Andalucía rechaza el copago de medicamentos hospitalarios y la noticia de Cataluña dónde Salut plantea compensar el nuevo copago a los enfermos crónicos.

Solo pido a los Responsables de estos temas que nos engañen, que no disfracen de igualdad o equidad las desigualdades, menos las que están generando en un sistema que antes al ser universal y gratuito sí que era equitativo y que con medidas de este tipo está dejando de serlo. No es necesario poner impuestos a la enfermedad, y mucho menos a la enfermedad crónica, se han de buscar soluciones, señores, estoy de acuerdo, pero cuando hagan el brainstorming para solucionar la liquidez del sistema no se queden con la primera injusticia que se les pase por la Chistera. Es un tema muy serio que puede llegar a afectar a la #seguridad del paciente por abandono terapuetico.

Mientras espero vuestras impresiones y os enlazo un video que salió de mi indignación: Un Palo!

Fernando Campaña Castillo, Editor de Nuestraenfermeria.es

 

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